LEY DE SERVICIO DE ATENCIÓN A LA CLIENTELA

El pasado 27 de diciembre de 2025 se publicó en el BOE la Ley 10/2025 que regula los servicios de atención a la clientela (LSAC). Esta Ley entró en vigor al día siguiente de su publicación y se establece un periodo de adaptación de doce meses desde su entrada en vigor. Con la entrada de la LSAC se deroga buena parte de la Orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente y el Defensor del Cliente de las entidades aseguradoras. Así mismo, modifica en gran medida la Ley 44/2002 mediante su Disposición final segunda, con el objeto de actualizar y elevar los niveles de protección a los asegurados.

A continuación, destacamos los aspectos principales que introduce la LSAC en la Ley 44/2002:

Con esta nueva legislación, las aseguradoras deberán fortalecer la calidad, accesibilidad, transparencia y protección en los servicios de atención a la clientela, adaptándose a las necesidades de asegurados vulnerables y garantizando derechos y mejoras en la gestión de reclamaciones.

 

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NOTA INFORMATIVA

REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO DE ASSSA

Este reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente y del Defensor del Asegurado de ASSSA, así como las relaciones entre ambos. Se rige por la Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y por la Orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

El Reglamento para la defensa del asegurado puede solicitarlo en la siguiente dirección de correo: sacquejasyreclamaciones@asssa.es.

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INFORMACIÓ SOBRE EL QUADRE MÈDIC DENTAL

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