Seguros

¿“Residencia” en España? Podemos ayudarle

7 de marzo de 2019

La legislación vigente en España en materia de extranjería para la obtención del permiso de residencia establece como uno de los requisitos disponer de cobertura médica.

En ASSSA, nuestros seguros de salud disponen de la cobertura adecuada para obtenerlo con el valor añadido que ofrece nuestro servicio de atención al cliente personalizado en diferentes idiomas y un completo cuadro médico con clínicas y facultativos de reconocido prestigio.

Por todo esto y por nuestras garantías exclusivas de no cancelación y de no incremento de prima por edad es por lo que los asegurados que contratan inicialmente para obtener el permiso de residencia continúan con nosotros para seguir cuidando de su salud.

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    NOTA INFORMATIVA

    REGLAMENTO PARA LA DEFENSA DEL ASEGURADO DE ASSSA

    Este reglamento tiene por objeto regular el funcionamiento del Servicio de Atención al Cliente y del Defensor del Asegurado de ASSSA, así como las relaciones entre ambos. Se rige por la Ley 44/2002 de 22 de noviembre, de Medidas de Reforma del Sistema Financiero y por la Orden ECO 734/2004, de 11 de marzo, sobre los departamentos y servicios de atención al cliente de las entidades financieras.

    El Reglamento para la defensa del asegurado puede solicitarlo en la siguiente dirección de correo: sacquejasyreclamaciones@asssa.es.

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    Información sobre el cuadro médico dental

    EXCLUSIVAMENTE PARA ASEGURADOS QUE DISPONGAN DE PÓLIZA DENTAL

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